Preguntas Frecuentes

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Los propietarios de inmuebles particulares, edificios, entidades publicas y privadas, hacen las siguientes preguntas con mayor frecuencia relacionadas con los contratos de arrendamientos de torres y/o sitios para antenas:

¿A quién consulto sí me ha contactado un operador o agente que está interesado en alquilar mi propiedad para instalar una torre o una antena?

Cuando un operador de telefonía móvil, internet, radio o televisión requiere instalar equipos de telecomunicaciones en el barrio o en la zona donde usted tiene su predio, están buscando alternativas para instalar una torre, mástiles, antenas y equipos en piso o en azotea, que les permita cubrir o mejorar la señal, se pondrán en contacto con usted un agente para que le alquile un espacio y les permita montar una infraestructura a largo plazo. Antes de firmar cualquier compromiso revise todas las condiciones contractuales, pero previamente pida mayor información de que tipo de infraestructura, altura de la torre, área en piso, monto del arriendo ofrecido, asegúrese de que este le traiga un beneficio y no un problema, contáctenos para darle mayor seguridad y tranquilidad en lo que le representa dicho contrato.

¿Cuál es el valor de arrendamiento apropiado por mi propiedad o azotea del edificio?

Las tarifas no son iguales en una misma zona urbana y rurales, este valor de arrendamiento puede variar conforme a diferentes factores tales como área, estrato, condiciones de acceso, ciudad, entre otros. El valor justo del mercado de cada ubicación es único. El canon de un predio para arrendar un espacio en piso y construir una torre es menor que el canon para una azotea, es decir los edificios que alquilan espacios para antenas el canon es mayor por la inversión que ha realizado los propietarios y se compensa en lo que no va a requerir el operador o torrero. Podemos ayudarle a requerir el precio justo.

¿Cuánto debería cobrar si adicionan o colocan otro operador en la torre o en la azotea?

Si le van adicionar o le han instalado otros equipos del mismo operador que le alquiló o le ingresan nuevos equipos de otros operadores a los que usted no le alquiló debe revisar su contrato y validar sí en este se considera el subarriendo, sino lo tiene consúltenos y le asesoramos para realizar la revisión o auditoria de lo que le han instalado y frente al contrato, o antes de autorizar una coubicación de otro operador o más equipos asegúrese en hacer todas las preguntas de lo que ingresaran a su predio y sí aplica otra compensación.

¿Cuándo debería aumentar el arrendamiento y en qué porcentaje debería de incrementar anualmente?

Los contratos de arrendamiento de inmuebles en Colombia para vivienda tiene una regulación específica, el cual se firma usualmente en una vigencia anual y con un incremento del índice de precios al consumidor del año anterior (IPC) y lo que las empresas de telecomunicaciones han venido asimilando y deberían considerar condiciones de un contrato de arrendamiento comercial y no de vivienda, dada su actividad e industria y la vigencia que proponen, es decir sí el contrato usualmente lo requieren a largo plazo, pactar mejores condiciones en el monto del canon, incrementos anuales con puntos adicionales al IPC y demás condiciones que afectan en el futuro el valor justo de compensación del alquiler de su predio comparado con la valorización. Antes de firmar un contrato o de aceptar una renovación consúltenos y le asesoramos para que se actualice sobre valores del mercado frente a su predio o le ayudamos hacer directamente la negociación.

¿Por cuánto tiempo puedo firmar un contrato de arrendamiento para instalar una torre?

La vigencia requerida por las empresas de telecomunicaciones, los diferentes operadores y torreras, para firmar un contrato de arrendamiento para instalar una torre o antenas es entre 10 y 15 años, este término solo aplica para el propietario del inmueble, por que el operador o la empresa que arrienda pone condiciones de irse cuando quiera, sino es rentable la zona, sino cumple técnicamente con sus expectativas y cualquier solicitud gubernamental o judicial de desmontar este.  Las propiedades horizontales como edificios, empresas y entidades estatales entre otros exigen que vigencias por menos tiempo entre 1 y 5 años, es decir periodos más cortos.

¿Por qué los operadores y torreros tienen el derecho de finalización y el propietario no en los contratos de arrendamientos para torre y antenas?

Los operadores de telecomunicaciones y torreros se aseguran en el contrato que los propietarios no les finalice antes de su vencimiento, por la inversión que estos realizaran, por el futuro cubrimiento y ventas de usuarios de dicha red. Aunque usualmente estos contratos de arrendamiento incluyen condiciones que debe cumplir el arrendatario y en caso del no pago, retrasos, mora permanente, áreas y uso inapropiado de lo que se entregó en arrendamiento; o de incumplimiento de alguna otra cláusula podría ser causa de terminar dicho contrato por el propietario. Sí tiene dudas consúltenos.

¿Qué puedo hacer si el contrato de arrendamiento posee una cláusula de renovación automática y está próximo a su vencimiento?

Sí el contrato de arrendamiento posee una cláusula de renovación automática y está próximo a su vencimiento considere mejorar las condiciones contractuales, actualice el canon al precio justo, los incrementos anuales, la vigencia y demás condiciones que lo beneficien sí ha sentido que se encuentra desmejorado o devaluado su inmueble por dicha torre o antena instalada en su predio. Sí tiene cláusula de renovación automática notifíquese con anterioridad al vencimiento conforme a los meses que se pactó en el contrato, envíe por escrito sus nuevas condiciones antes de la fecha indicada usualmente son tres meses antes al vencimiento; de lo contrario se prorroga automáticamente el contrato por las condiciones pactadas desde el inicio;  excepto que desee terminar el contrato por incumplimiento y tenga alternativas para negociar.

¿Debería aceptar la cláusula de primera opción de compra al operador o empresa torrera?

Esta cláusula de primera opción de compra la incluye todos los operadores y empresas torreras, para asegurar que el nuevo comprador les garantice su permanencia y no se les niegue a ellos la primera opción de compra e igualar las condiciones de un posible comprador, usualmente lo indican, aunque no obliga al arrendatario a adquirir el inmueble. En la actualidad han llegado nuevos inversionistas a Colombia ofrecer compra contratos de arrendamientos y derechos de contratos que posteriormente los obligan a negociar con nuevas compañías que no estaba previsto. Tenga en cuenta que hacemos el avalúo y estudio de la oferta que reciba para que su predio se valorice y tome la mejor decisión.

¿Debería solicitar una bonificación por firma o el reembolso de los honorarios de mi abogado?

Cuando se le presente un agente representando un operador o empresa torrera y le ofrezca arrendar su predio o modificar las condiciones iniciales del contrato evalué con detenimiento que tipo de bonificación va a solicitar y sí usted acude a un abogado para que lo asesore, los honorarios correrán por su cuenta; no corra el riesgo de que se vayan o se muevan donde un vecino en la zona requerida.

¿Quién debe pagar impuestos prediales y los servicios públicos?

Los impuestos prediales y los servicios públicos del predio es una obligación del propietario quien debe pagar al municipio y a las empresas prestadoras del servicio, se pueden pactar arreglos de pago por mora al momento de contratar el inmueble como un incentivo para alquilar su predio, puede ser parte de la negociación que se pacte con los interesados de tomar en arrendamiento su inmueble. Los servicios públicos de nuevas conexiones para uso de la empresa que alquila es obligación del arrendatario o inquino. Es importante que el nuevo inquilino solicite su instalación a nombre de la empresa y los servicios públicos conectados anteriormente que no usará le recomendamos suspenderlos, en el caso de predios donde no requieran de consumo de agua, energía, gas y telefonía; por ende evitará pagos adicionales no requeridos de aseo y alumbrado público.

Le respondemos sus inquietudes, contáctenos.

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